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Presentan en Zacatecas Iniciativa de Ley de Protección de la Salud de los No Fumadores.
03/05/2011
Juan Castro
El tabaquismo es la principal causa prevenible de mortalidad en la actualidad. Es un factor de riesgo de seis de las ocho principales causas de mortalidad en el mundo.

Zacatecas, Zacatecas.- Debido a que más de la mitad de los estudiantes zacatecanos (53 por ciento) de entre 13 y 15 años han probado el cigarro alguna vez, y la prevalencia de fumadores activos es 22.3 por ciento y de pasivos 31.5 por ciento, se presentó en la LX Legislatura la iniciativa de Ley de Protección de la Salud de los No Fumadores del Estado de Zacatecas.

Al presentar la iniciativa de la diputada de a LIX Legislatura, Silvia Rodríguez Ruvalcaba, señaló que de acuerdo con la Encuesta Nacional de Adicciones 2008 (ENA 2008), con representatividad en el Estado de Zacatecas, la prevalencia de fumadores activos es de 22.3 por ciento, mientras que la de fumadores pasivos -personas que no fuman pero que inhalan el humo de fumadores activos- es de 31.1 por ciento.

En mujeres, 11.2 por ciento de la población fuma activamente, mientras que 31.5 por ciento fuma pasivamente. En hombres 35.3 por ciento fuma activamente y 30.3 fuma pasivamente.

También la ENA 2008, con representatividad a nivel estatal para Zacatecas, reporta que la población -incluidos fumadores y no fumadores apoya una ley por espacios libres de humo de tabaco: 93 por ciento apoya en restaurantes, 94 en cines, 68 por ciento en bares, 97 en hospitales, 93 en lugares de trabajo, 96 en transporte público, y 94 por ciento apoya una ley de espacios libres de humo de tabaco.

Por otra parte, la Encuesta de Tabaquismo en Jóvenes, de aplicación en las escuelas secundarias dirigida a estudiantes de entre 13 y 15 años de edad, en el año 2005, arrojó que en la ciudad de

Zacatecas poco más de la mitad de los estudiantes (53 por ciento) ha experimentado o probado el cigarro alguna vez, sin diferencias de género: hombres (55.1), y mujeres (51.2); 23.9 por ciento refieren haber consumido tabaco en cualquiera de sus formas en el último mes.

PROTEGER LA SALUD

"La orientación principal de este proyecto es proteger la salud de la población de los de los daños a la salud ocasionados por la exposición al humo del tabaco; así como la disminución en el consumo del mismo, al restringir la combustión del tabaco en todo lugar de acceso público."

Se sustenta su iniciativa en la siguiente exposición de motivos.

En la actualidad, más de 1 mil millones de personas fuman tabaco en todo el mundo de los cuales aproximadamente la cuarta parte son adultos, su consumo mata a más de cinco millones cada año.

El tabaquismo es la principal causa prevenible de mortalidad en la actualidad.

Constituye un factor de riesgo de seis de las ocho principales causas de mortalidad en el mundo.

Fumar tabaco produce cáncer de pulmón, laringe, riñón, vejiga, estómago, colon, cavidad oral y esófago, así como leucemia, bronquitis crónica, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, cardiopatía isquémica, infarto, aborto y parto prematuro, defectos de nacimiento e infertilidad, entre otras enfermedades.

Esto es causa de sufrimiento prevenible y pérdida de muchos años de vida productiva en las personas.

El consumo de tabaco produce también perjuicios económicos para las familias y los países debido a los salarios que dejan de percibirse, la reducción de la productividad y el aumento en los costos para la atención médica.

En México el tabaquismo produce más de 60 mil muertes por año, a razón de aproximadamente 165 muertes por día.

La población infantil y adolescente es la más susceptible de ser atrapada por este flagelo y la que tiene mayor riesgo de padecer sus consecuencias.

En las encuestas más recientes al respecto, se establece que durante la última década, la edad promedio de inicio en el consumo de tabaco ha ido disminuyendo de manera alarmante, y actualmente fluctúa ente los 11 y 12 años e incluso menos.

La prevalencia de fumadores activos es de 18.5 por ciento, mientras que la de fumadores pasivos -personas que no fuman pero que inhalan el humo de fumadores activos es de 23.3 por ciento. En mujeres, 9.9 por ciento de la población fuma activamente, mientras que 22 por ciento fuma pasivamente.

En hombres 27.8 por ciento fuma activamente y 25.5 por ciento fuma pasivamente. Estos datos permiten ver que el tabaquismo pasivo es un problema de dimensiones mayores en la Nación.

Es conveniente manifestar que la epidemia del tabaquismo afecta al menos a cuatro de los derechos fundamentales consagrados en nuestra Constitución: el derecho a la salud (artículo 4, párrafo tercero), el derecho a la información (artículo 6°), el derecho a un medio ambiente sano y el derecho de los niños y las niñas a que sus necesidades en materia de salud sean cubiertas (artículo 4, párrafos cuarto y sexto, respectivamente). Son estos derechos los que sirven de fundamento constitucional para regular en forma efectiva el tabaco y su consumo.

Esto implica, la regulación adecuada del tabaco a fin de minimizar sus efectos nocivos en específico, la protección para garantizar que en lugares de trabajo, transporte público y áreas cerradas y de acceso público, primordialmente es en espacios cerrados donde las concentraciones de humo hacen que sea más dañino.

Dada la problemática a nivel global que representa el tabaquismo, la Organización Mundial de la

Salud elaboró el tratado internacional denominado Convenio Marco de la OMS para el Control del

Tabaco (CMCT), que fue aprobado por la Asamblea Mundial de la Salud, el 21 de mayo de 2003.

La ratificación por parte de México del CMCT, fue depositada en la ONU el 28 del mismo mes y año, nuestro país se convirtió en el primero de las Américas en hacerlo. A nivel internacional, el

CMCT entró en vigor el 27 de febrero de 2005.

A nivel federal, la Ley General para el Control del tabaco se publicó el 30 de mayo de 2008 en el

Diario Oficial de la Federación, y entró en vigor el 28 de agosto del mismo año. Las finalidades de dicha Ley General son: Proteger la salud de la población de los efectos nocivos del tabaco; proteger los derechos de los no fumadores a vivir y convivir en espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco; establecer las bases para la protección contra el humo de tabaco; establecer las bases para la producción, etiquetado, empaquetado, promoción, publicidad, patrocinio, distribución, venta, consumo y uso de los productos del tabaco; instituir medidas para reducir el consumo de tabaco, particularmente en los menores.

Dicha Ley establece como espacio 100 por ciento libre de humo de tabaco a aquélla área física cerrada con acceso al público o todo lugar de trabajo interior o de transporte público, en los que por razones de orden público e interés social queda prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco. De esta forma, establece que deberán existir los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco, y de querer contar con área para fumar, ésta deberá estar en el exterior del lugar o bien, en el interior pero con separación física del área de no fumar.

Zacatecas publicó en su Periódico Oficial del 10 de diciembre de 2003, la Ley para la Protección de los No Fumadores en el Estado, la cual contempla entre otras cosas que: En los locales cerrados y establecimientos en los que se expendan al público alimentos o bebidas para su consumo, se deberán delimitar de acuerdo a la demanda de los usuarios, secciones reservadas para no fumadores y para quienes fumen durante su estancia en los mismos. Estas secciones deberán identificarse con señalamientos y contar con extractores de aire y ventilación de ser posible.

Quedan excluidas de la obligación las cafeterías, fondas o cualquiera otra negociación en que se expendan alimentos o bebidas que tengan capacidad de prestar sus servicios hasta para veinte personas o para los que se instalen temporalmente hasta por 30 días.

Por todo lo anterior, la medida más sencilla, equitativa, económica y, sobre todo, protectora de la salud de toda la población (fumadora y no fumadora), incluyendo a las personas que laboran en establecimientos mercantiles y que por su trabajo deben asumir este riesgo para su salud, es la de establecer espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco.

De esta forma Zacatecas se encuentra en óptimas condiciones para emitir una reforma a su ley en la materia, que privilegie la salud pública a través del establecimiento de ambientes cien por ciento sin humo de tabaco.

La orientación principal de este proyecto es proteger la salud de la población de los de los daños a la salud ocasionados por la exposición al humo del tabaco; así como la disminución en el consumo del mismo y la disminución en la edad de inicio en los jóvenes, al restringir la combustión del tabaco en todo lugar de acceso público.

Fuente: El Sol de Zacatecas    
Categoría: TABACO    





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